jueves, 22 de julio de 2010

¿Para dónde vamos?

Por Iván Tapia Mórfil

La crisis que vive Montelíbano en todos sus sectores tiene su principal fundamento en la pugna por el poder en la administración municipal y en el despilfarro de nuestros recursos. Todos estamos sufriendo por el mal momento de la economía local, por la violencia, por la inseguridad, por el desempleo y por todos los problemas sociales acumulados durante los últimos años, pero indudablemente los más perjudicados son las personas que se encuentran en mayor condición de vulnerabilidad.

Toda la población de Montelíbano sin diferenciar entre nativos o foráneos, católicos o evangélicos, negros o blancos, profesionales o no profesionales, empleados o desempleados, ricos o pobres, desplazados o no desplazados, políticos o apolíticos, urbana o rural, tenemos que hacer un alto en el camino y velar por que nuestros recursos sean invertidos adecuadamente; debemos plantearnos muchos interrogantes y analizar qué vamos hacer: ¿hasta cuándo vamos a permitir que los recursos que son de todos nosotros se sigan perdiendo?, ¿hasta cuándo vamos a seguir votando por los que nos compran el voto?, ¿hasta cuándo vamos a dejar la responsabilidad de elegir a nuestros gobernantes en manos de unos pocos?, ¿hasta cuándo vamos a dejar las excusas tontas para no hacer nada por que las cosas cambien?, ¿hasta cuándo vamos a seguir votando por los mismos que nos tienen en el atraso?, ¿hasta cuándo vamos a seguir pensando que para aspirar a la alcaldía es más importante la plata que el programa de gobierno y la hoja de vida del candidato?, ¿hasta cuándo el pueblo va a seguir conformándose con migajas?, ¿hasta cuándo vamos a subvalorar a nuestra gente?, ¿cuándo vamos a darle la oportunidad de que demuestren que pueden con un cargo o un empleo digno?. El día que por lo menos cambiemos el 20% de lo anterior empezaremos a lograr la transformación que requiere Montelíbano.

Es hora que nuestros gobernantes y que quienes aspiran a sucederlos analicen la situación actual de nuestro municipio, articulen sus proyectos y propuestas en la dirección hacia donde vamos para el mediano y largo plazo y no sigamos administrando de acuerdo a lo que se vaya presentando como se ha hecho hasta ahora: sin ningún tipo de Planeación. Hay que tener la información de los proyectos que vienen para el municipio y para el San Jorge que puedan impactarnos significativamente, no podemos seguirnos enterando cuando las construcciones ya están comenzadas o lo que es peor, cuando están terminadas. Tenemos que saber, entre otras cosas: ¿cuál es el potencial de nuestra región?, ¿qué proyectos o negociaciones hay en ejecución que puedan afectarnos?, ¿Cuáles son los Títulos Mineros que ha otorgado el gobierno nacional?, ¿qué viene para Montelíbano y la región si se renueva o no la concesión de explotación de Níquel que se vence en el 2012?

Pensando en para donde vamos y en nuestro futuro, propongo que comencemos a trabajar en la conformación a corto plazo de la Provincia del Alto San Jorge y en el mediano plazo en la creación del departamento del San Jorge -con posibilidad de incluir el Bajo Cauca-. La provincia es una entidad territorial que puede conformarse en términos de nuestra Constitución y de la Ley, y puede estar integrada por dos o más municipios dentro del mismo departamento; en nuestro caso podríamos hacerlo con Montelíbano, Puerto Libertador, San José de Uré y La Apartada, cuatro municipios que tienen muchas cosas en común, atraviesan los mismos problemas y con mucho potencial para desarrollarse sosteniblemente.

La creación de la Provincia del Alto San Jorge nos serviría para desarrollar proyectos comunes que vayan enfocados a la recuperación de la economía y al mejoramiento de las condiciones sociales de nuestros pobladores, para lo cual debemos comenzar por elaborar una visión que contenga los posibles escenarios que tendríamos dentro de 10 ó 15 años. Esto sería posible con la participación de todos, de manera que al final tengamos una construcción colectiva de nuestra visión, donde haya colaborado el sector público, el privado, las organizaciones sin ánimo de lucro, los profesionales y miembros de la comunidad en general. Si nos unimos podemos sacar adelante nuestra Provincia y a nuestra gente.

viernes, 9 de julio de 2010

Alcalde Encargado en Montelíbano ¿Legal o Ilegal?

Por Iván Tapia Mórfil

Se han escuchado algunas críticas sobre el nombramiento del alcalde encargado que reemplazará a Edinson Rangel durante su suspensión, principalmente por no haberse tenido en cuenta para tal dignidad un habitante de Montelíbano. No conozco a la persona que va a funcionar como alcalde y mal haría al hablar de ella y mucho menos de su labor a realizar, pero como profesional, habitante y nativo de Montelíbano debo ser sincero y manifestar que hubiera preferido a alguien de este bello municipio, claro está bajo criterios serios de selección, y de paso dándole cumplimiento a las calidades, requisitos, inhabilidades e incompatibilidades de las cuales trata la Ley 136 de 1994 para los alcaldes encargados o designados.

En este episodio no toda la verdad está dicha y cada grupo político le comenta a sus seguidores lo que le conviene que sepan o lo que quiere que repitan. Es cierto que al partido liberal llegaron varias ternas, cada grupo que se creía dueño del encargo envió una, pero lo que no le han contado a sus seguidores es que estaban conformadas por tres personas de su misma familia; una estaba integrada por el hijo, la esposa y el cuñado de un jefe político; otra por el hijo, el hermano y la esposa de otro jefe político. Ante esto, ¿cómo podemos criticar que el partido liberal prefiera aceptar una terna de ‘foráneos’, y de ellos la gobernadora nombre uno? si nuestros jefes políticos locales tampoco dan ejemplo teniendo en cuenta a quienes viven en Montelíbano sino única y exclusivamente a sus familiares.

Cada quien analizará si vale la pena pertenecer a un determinado grupo político donde solamente los familiares del jefe son los que tienen derecho a ocupar los cargos del nivel directivo. Se la pusieron de papayita a la gente del Sinú para que se la despacharan con el argumento de nombrar alguien “neutral” so pretexto de lograr la paz política en Montelíbano, que de paso, además de no lograrse dicha paz, “la guerra política” tiene ahora un nuevo ingrediente.

También se escuchan comentarios sobre la ilegalidad del nombramiento del alcalde encargado, sobre esto quiero referirme a lo que manifiesta la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, con ponencia del Magistrado Flavio Augusto Rodriguez Arce, radicado 1219 de 1999:

Régimen funcional y de responsabilidad de los alcaldes titulares y designados. El alcalde designado o encargado asume todas y cada una de las funciones, prerrogativas y derechos del alcalde suspendido, pues la ley en ningún caso hace diferencia entre uno y otro, salvo lo ya establecido sobre la revocatoria del mandato que no es procedente en este caso. Pero también respecto del alcalde designado operan las mismas inhabilidades, incompatibilidades y prohibiciones, así como las causales de suspensión y destitución previstas para el alcalde elegido popularmente.

Ahora bien, miremos lo estipulado por la Ley 136 de 1994 en lo referente a las calidades que se requieren para ser elegido o designado alcalde (en este caso se elige de una terna):

ARTICULO 86. CALIDADES: Para ser elegido alcalde se requiere ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente en el respectivo municipio o de la correspondiente área metropolitana durante un (1) año anterior a la fecha de la inscripción o durante un período mínimo de tres (3) años consecutivos en cualquier época.

De acuerdo con lo anterior, se podría decir que tienen razón los que manifiestan que hubo violación a la norma en cuanto al nombramiento del alcalde, puesto que al momento de la escogencia de la terna no se cumple con lo exigido en cuanto al tiempo de residencia en el municipio. Por la importancia que reviste este suceso jurídico para la vida administrativa de Montelíbano sería conveniente que los profesionales del derecho, nativos y residenciados aquí, que estimo cualquiera de ellos tiene las calidades y cualidades para ser designado alcalde -al igual que otros profesionales y personalidades- se pronuncien y nos ilustren a la comunidad en general sobre la legalidad o ilegalidad del acto administrativo por medio del cual se designó alcalde encargado.